En este Calendario 2018 anual de días inhabiles, puedes ver los días inhábiles anuales, tanto a nivel nacional (los resaltado con un cuadrado en negro) como en las Comunidades Autónomas (los resaltados con un cuadrado azul), como puedes ver en la leyenda un poco más abajo si tienes alguna duda. Si bajas un poco tienes los meses individualizados del calendario 2018.
El calendario de días inhábiles es elaborado con respecto al calendario laboral oficial, fijando según sea administración estatal, autonómica y local, los días inhábiles.
Los días que se son inhábiles son los sábados, domingos y los declarados festivos.
Por tanto, con carácter general serán días inhábiles:
- Todos los sábados y domingos
- Fiestas de ámbito nacional que están en el Estatuto de los Trabajadores: 1 de enero; 1 de mayo; 12 de octubre; 25 de diciembre
- Ciertas fiestas religiosas de todo el ámbito nacional, como son: 15 de agosto; 1 de noviembre; 8 de diciembre; 6 de enero
- Fiestas de carácter cívico: 6 de diciembre
- Fiestas de cárácter cívico y religiosos de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales
Tabla de Contenido
Calendario 2018 con Festivos
Podemos ver de otra forma este calendario laboral 2018 con las fiestas nacionales. Las fiestas nacionales están en rojo y en azul son las fiestas nacionales sustitutibles. Si quieres verlo más grande, este calendario o cualquier web, solo pulsa la tecla Ctrl y dale a la ruleta del ratón, tus ojos o mejor dicho visión te lo agradecerá.
Calendario Mensual 2018
Pincha en la foto o en el texto y podrás ver los distinto meses del año o del calendario, de una forma más personalizada y con mayor información de los días festivos, inhábiles, tanto a nivel nacional como por comunidades.
Calendario Enero 2018
Calendario Febrero 2018
Calendario Marzo 2018
Calendario Abril 2018
Calendario Mayo 2018
Calendario Junio 2018
Calendario Julio 2018
Calendario Agosto 2018
Calendario Septiembre 2018
Calendario Octubre 2018
Calendario Noviembre 2018
Calendario Diciembre 2018
Además te dejamos este calendario de google por si te gusta más o lo ves más práctico o simplemente estas familiarizado con él.
Fíjate que puedes ↓↓↓↓↓↓↓ cambiar el mes justo, desplegando la pestaña y eligiendo el mes o pulsando hacia delante o hacia atrás las flechas azules con triangulos blancos.
Calendario 2018 para imprimir
Pincha aquí y tendrás en pdf un calendario para imprimir con las fiestas nacionales. Según cada configuración de tus navegadores, lo normal es que se te descargue directamente en la carpeta de descargas a no se que lo hayas cambiado.
Calendario Laboral 2018
En este caso te dejamos el calendario laboral por provincias, solo pincha en la comunidad autónoma que deseas y te redirigirá al calendario laboral de la provincia de ese año.
Calendario Escolar 2018 – 2019
Los primeros que comenzaron las clases fueron los cántabros, en esta comunidad autónoma se mercaron como fecha de arranque el curso escolar para la totalidad de las etapas educativas el 3 de septiembre.
Los últimos que empezaron el periodo educativo fueron los estudiantes de ESO y Bachillerato de Andalucía y Galicia, que lo hicieron dos semanas después: el 17 de septiembre.
Siete comunidades (Castilla – La Mancha, Aragón, Cantabria, Castilla y León, Asturias, Extremadura y La Rioja) incluida Ceuta y Melilla han establecido como día no lectivo el 2 de noviembre, haciendo puente con la festividad de Todos los Santos el cual cae en jueves este año.
Mientras, nueve comunidades (Aragón, Andalucía, Castilla y León, Asturias, Canarias, Extremadura, Madrid, Galicia, La Rioja) y las dos ciudades autónomas han fijado como día sin clases el día posterior a la fiesta de la Constitución (6 de diciembre, jueves) sumando cuatro días seguidos sin clases.
Las comunidades se han puesto de acuerdo en las vacaciones de Navidad, que comienzan el 22 de diciembre, diferiendo en la vuelta que es distinto en las diferentes regiones.
Unas comunidades establecen el 7 de enero como festivo comenzando así el curso el día 8 de enero. Seis comunidades que son Baleares, Murcia, Comunidad Valenciana, Cantabria, Navarra y País Vasco se decantan por iniciarlo tras la fiesta de Reyes, el 7 de enero.
En lo referente a Semana Santa la cosa difiere más. Unas comunidades deciden descansar la semana anterior al Viernes Santo (19 de abril), otras optan por hacerlo a la semana siguiente.
Lo que más se repite es comenzar las vacaciones el 15 de abril y finalizarlas el 22, inclinandose por ello Castilla–La Mancha, Madrid, Cataluña, Extremadura y Galicia. Asturias, Andalucía, Canarias y Murcia comienzan las vacaciones el mismo día aunque acaban, el día 21.
En lo referente al final de curso, los primeros en colgar sus mochilas serán los estudiantes de ESO y Bachillerato de las Comunidades Autónomas de Murcia, Comunidad Valenciana y Navarra, haciéndolos estos el 18 de junio. Los últimos serán los asturianos, que esperarán hasta el 27 de junio para comenzar sus vacaciones de verano.
¿Quién invento el Calendario, su origen?
Para responderte a estas dos preguntas y si tienes seis minutos para el primer vídeo u once minutos para el segundo, te quedará más que claro, a si que acomódate, tómate ese café o infusión y se un poco más sabio si es que no lo sabías aún.
¿Qué son días naturales, días hábiles y días inhábiles?
- Días hábiles/inhábiles: son los días que la ley designa como aptos o no aptos para la realización de determinados actos o para el cómputo de plazos. Cuando se hace referencia a que un plazo es de días hábiles, se quiere decir que en el cómputo de días se excluyen los festivos, que son inhábiles. Cuando las actuaciones son de carácter urgente, todos los días son hábiles, y en determinados ámbitos, también los sábados lo son.
- Días naturales: son todos los días, los que coinciden con el calendario. Cuando se hace referencia a días naturales, se quiere dar a entender que no se diferencia entre unos y otros a efectos legales, teniendo todos la misma condición y contando todos por igual.
- En España, a efectos procesales, son hábiles todos los días excepto los sábados, domingos, festivos y los días 24 y 31 de diciembre (de acuerdo con el artículo 182 de la Ley Orgánica del Poder Judicial -LO 6/1985 de 1 de julio-, redacción dada según Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre)«Artículo. 182.
- 1. Son inhábiles a efectos procesales los sábados y domingos, los días 24 y 31 de diciembre, los días de fiesta nacional y los festivos a efectos laborales en la respectiva comunidad autónoma o localidad.
- El Consejo General del Poder Judicial, mediante reglamento, podrá habilitar estos días a efectos de actuaciones judiciales en aquellos casos no previstos expresamente por las leyes.
- 2. Son horas hábiles desde las ocho de la mañana a las ocho de la tarde, salvo que la ley disponga lo contrario.»
No obstante, para la instrucción de las causas criminales son hábiles todos los días y horas del año sin excepción, incluidos sábados, domingos y festivos (artículo 201 de la Ley de enjuiciamiento criminal).
El próximo dos de octubre 2016 entra en vigor la nueva Ley de Procedimiento Administrativo (Ley 39/2015)
- En procedimientos administrativos son hábiles todos los días excepto los sábados, los domingos y los declarados festivos según Ley 39/2015 (de acuerdo con el artículo 30.2 sobre el cómputo de plazos de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -Ley 39/2015, de 1 de octubre,-):1
- «Art. 30. Cómputo de plazos.
- (…)
- 2. 2. Siempre que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea no se exprese otro cómputo, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos.»
Reglas de las Fiestas Laborables, Fiesta Nacionales y Autonómicas.
- Se fijan de año en año, es decir, anualmente.
- Tienen carácter retributivo y no son recuperable, vamos que no tienes que recuperar los días y te pagan ese día, que aunque parece obvio, hay “personas” que no lo aplican.
- No pueden ser más de 14 días al año, de las cuales dos serán locales. Siempre se respetarán como fiestas de ámbito nacional estas cuatro fechas; Natividad del Señor, Año Nuevo, 1 de Mayo como fiesta del Trabajo y 12 de Octubre como fiesta Nacional de España.
- Respetando las expresadas anteriormente, el Gobierno puede pasar o trasladar a los lunes todas las fiestas de ámbito nacional que sean entre semana, pasando al lunes siempre, las fiestas que coincidan en domingo.
- Las Comunidades Autónomas, respetando el límite anual de catorce días festivos, podrán señalar o poner aquellas fiestas que por tradición les sean propias, sustituyendo las que son de ámbito nacional determinadas reglamentariamente y, siempre, las que se trasladacen a lunes. Asimismo, podrán hacer uso de la facultad de traslado a lunes las previstas en el párrafo anterior.
- Si alguna Comunidad Autónoma no pudiese establecer una de sus fiestas tradicionales al no coincidir con domingo el suficiente número de fiestas que son nacionales, podrá, en el año que esto ocurra, añadir una fiesta más, con carácter de recuperable, al máximo de catorce.
Referencias
- https://administracion.gob.es/pag_Home/atencionCiudadana/calendarios/laboral.html#.W1XRFNIzaUl
- https://administracion.gob.es/pag_Home/atencionCiudadana/calendarios/diasInhabiles.html#.W1XandIzaUl